Fin del TPS en EE.UU.: el Uscis actualiza la validez de los permisos de trabajo para Birmania y Somalia
La agencia instruyó a los empleadores a registrar nuevas fechas de vencimiento en el formulario I-9 y E-Verify tras órdenes judiciales.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis) informó cambios sobre la validez de los permisos de trabajo para personas amparadas por el Estatus de Protección Temporal (TPS) de Birmania y Somalia. Las extensiones responden a decisiones judiciales que suspendieron temporalmente la cancelación del programa para ambos países.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) había anunciado el fin del TPS para esos países, con fechas de finalización el 26 de enero para Birmania y el 17 de marzo para Somalia. Sin embargo, tribunales federales emitieron órdenes que suspendieron la cancelación, por lo que el Uscis publicó el 3 de agosto nuevas instrucciones sobre la vigencia de los Documentos de Autorización de Empleo (EAD).
Para los beneficiarios de Birmania, el Uscis indicó que serán válidos los permisos de trabajo emitidos bajo el TPS cuya fecha original de vencimiento haya sido extendida. Los empleadores deberán registrar como nueva fecha de expiración el 7 de agosto en el formulario I-9 y en E-Verify. En la sección uno del trámite, el trabajador deberá consignar la expresión “según orden judicial”.
En el caso de Somalia, la suspensión fue ordenada por el Tribunal de Distrito de Massachusetts. El Uscis extendió la validez de los EAD que originalmente vencían, y la fecha que los empleadores deberán utilizar será el 5 de agosto. También aquí el empleado deberá indicar “según orden judicial”.
Estas medidas tienen carácter temporal y responden a resoluciones judiciales que permanecen vigentes mientras continúa el proceso en los tribunales. El contexto legal está marcado por la decisión de la Corte Suprema de EE.UU. en el caso Mullin v. Doe, emitida el 25 de junio, que limita la posibilidad de que los tribunales revisen las determinaciones del Poder Ejecutivo respecto de la finalización de una designación de protección temporal.
Si la terminación del programa entra finalmente en vigor, los beneficiarios volverán al estatus migratorio que tenían antes de recibir esa protección, siempre que sea válido. También conservarán cualquier otra categoría migratoria obtenida de manera legal durante el tiempo en que permanecieron inscritos.
Fuente: Lanacion.
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