Justicia

Confirmaron condena a 10 años por matrimonio infantil de una niña de 13

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de la defensa de los tres imputados.

Redacción2 min de lectura
Confirmaron la condena para una pareja y su hijo por someter a una niña a un matrimonio infantil

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a diez años de prisión para una pareja y su hijo por someter a una niña de 13 años a un matrimonio infantil y explotarla sexual, laboral y domésticamente. El hecho ocurrió entre marzo de 2022 y diciembre de 2024 en las provincias de Neuquén, Santa Fe y San Juan.

El juez Daniel Petrone, integrante de la Cámara Federal de Casación Penal, rechazó la impugnación presentada por la defensa de los tres condenados y ratificó la sentencia del Tribunal Oral Federal de San Juan, que también había establecido una reparación económica de 75 millones de pesos para la víctima.

La víctima, identificada como V.S.Y., tenía 13 años cuando fue obligada a contraer una unión forzada con Franco, de 20 años, hijo de la pareja. Según el expediente, durante el "rito matrimonial" fue forzada a mantener relaciones sexuales en tres ocasiones y quedó embarazada. Luego fue trasladada a Santa Fe, donde sufrió violencia física y psicológica: golpes, quemaduras con cigarrillos y agua caliente, insultos y amenazas.

Además, la adolescente fue obligada a realizar venta ambulante en condiciones extremas y a hacerse cargo de las tareas domésticas de toda la familia. El dinero que obtenía debía entregarlo íntegramente a sus captores, bajo amenaza de dejarla sin comida ni recursos. Las exigencias continuaron incluso durante sus embarazos y enfermedades.

El caso salió a la luz en abril de 2025, cuando la pareja llegó a San Juan y, aprovechando una distracción de los padres de la joven, intentaron llevársela por la fuerza nuevamente a Santa Fe. Durante el trayecto, la víctima intentó escapar con su hijo en brazos en la localidad de Caucete, pero fue alcanzada por Isabel Cristo y obligada a subir al vehículo. Un testigo alertó al 911 y la policía logró detener el automóvil y rescatar a la joven y a su hijo.

En su fallo, el juez Petrone consideró que la pertenencia de los imputados a la comunidad gitana y la invocación de sus usos y costumbres "no constituyen fundamento válido para sustraerse de la responsabilidad penal". La defensa había argumentado que la relación fue voluntaria y que no existió explotación.

La investigación estuvo a cargo del fiscal Fernando Alcaraz y de la auxiliar fiscal Virginia Rodríguez, del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de San Juan. También participaron la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), la Secretaría para la Investigación Financiera y el Recupero de Activos Ilícitos (Sifrai) y la Dirección General de Recupero de Activos (Dgradb).

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