Justicia

Justicia bloquea streaming y licencia a un padre que debe casi $4.000.000

El Juzgado Multifueros de El Bolsón ordenó suspender Netflix, Spotify y otras plataformas al deudor y embargar su vehículo para forzar el pago.

Redacción2 min de lectura
La Justicia le prohibió tener suscripciones de streaming a un padre por adeudar casi $4.000.000 de cuota alimentaria

Un fallo del Juzgado Multifueros de El Bolsón, en Río Negro, ordenó suspender las suscripciones de streaming de un padre que adeuda casi $4.000.000 de cuota alimentaria. La medida alcanza a plataformas como Netflix, Spotify, Disney+, Prime Video, YouTube y Max, que deberán dar de baja los abonos vigentes a nombre del deudor y no podrán contratar nuevos servicios mientras persista la mora.

La jueza Paola Bernardini también dispuso la suspensión de la licencia de conducir del hombre y la imposibilidad de renovarla hasta que regularice la deuda. El fallo se apoya en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que habilita medidas para asegurar el pago de sentencias atrasadas.

Según consignó el diario Río Negro, Bernardini aclaró que las restricciones no buscan sancionar al deudor, sino “generar condiciones que disuadan al deudor de mantener el incumplimiento y permitan hacer efectiva la obligación alimentaria”. La magistrada sostuvo que el derecho alimentario es un derecho humano básico y que su incumplimiento afecta el nivel de vida de los hijos y su interés superior.

El tribunal intimó primero a las plataformas a informar si el hombre tiene abonos activos. Si los tiene, deberán suspenderlos de inmediato y bloquear cualquier nueva contratación mientras la deuda siga vigente. La medida fue pedida por la madre de los hijos ante la continuidad de la mora y contó con dictamen favorable del Defensor de Menores.

Además del bloqueo digital y la licencia, el fallo ordenó consultar los Registros de la Propiedad Inmueble de Río Negro y Neuquén para determinar si el deudor tiene propiedades a su nombre. Si aparecen bienes registrados, podrían evaluarse nuevos embargos. Sobre su vehículo ya pesa un mandamiento de embargo.

Bernardini descartó aplicar una multa adicional al considerar que agregar otra obligación económica no sería eficaz frente a alguien que ya mantiene una deuda alimentaria. Explicó que las medidas deben elegirse según las circunstancias concretas y las posibilidades reales de lograr el cumplimiento.

El fallo incluye una advertencia final: ante un incumplimiento sistemático de la obligación alimentaria, puede promoverse una acción penal, con lo que el conflicto podría salir del ámbito civil. La resolución se suma a otras herramientas que buscan forzar el pago de cuotas atrasadas, como la prohibición de ingresar a partidos de fútbol para deudores alimentarios.

Por qué importa

El fallo marca un precedente sobre cómo la Justicia puede usar medidas no económicas para forzar el pago de cuotas alimentarias. Afecta a deudores morosos y a las plataformas, que deberán controlar las cuentas de sus usuarios.

Qué sigue

Las plataformas deberán informar si el deudor tiene suscripciones activas y, en caso afirmativo, darlas de baja. La Justicia espera los reportes de los registros de propiedad de Río Negro y Neuquén para evaluar nuevos embargos.

Fuente: LA NACION

Nota redactada con asistencia de inteligencia artificial y editada por nuestra redacción. Cómo usamos IA.

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