Green card: desde septiembre, tener un patrocinador ya no alcanza para la aprobación
El Uscis actualizó sus políticas y evaluará otros factores, como la solvencia real del sponsor y las condiciones personales del solicitante.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis) actualizó en agosto sus políticas sobre la green card con un cambio clave. A partir del 18 de septiembre, la existencia de un patrocinador ya no garantiza por sí sola la aprobación en términos de carga pública. Los oficiales deberán evaluar otros factores y circunstancias antes de resolver el trámite.
Bajo la nueva actualización del Manual de Políticas del Uscis, ya no bastará con un patrocinador para obtener la aprobación de una solicitud de green card. Los oficiales realizarán una evaluación exhaustiva de cada caso para determinar si es probable que el solicitante se convierta en una carga pública en cualquier momento.
En ese sentido, los funcionarios de la agencia ahora tienen la discreción de evaluar cuán probable es que el patrocinador cumpla efectivamente con su obligación legal de apoyo. Para determinar esto, se podrá analizar la relación del patrocinador con el solicitante, si cumplió con obligaciones de patrocinio previas, si recibe actualmente beneficios públicos o si cuenta con antecedentes financieros negativos como una bancarrota.
Asimismo, aunque la falta de un Formulario I-864 o I-864EZ (Declaración de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la INA) es el único factor que por sí solo puede ser base suficiente para denegar una solicitud por carga pública, contar con uno aprobado no impide que el Uscis evalúe los demás factores.
Las nuevas directrices se aplicarán de manera estricta a todas las solicitudes de ajuste de estatus (green card) que estén mataselladas o se envíen electrónicamente en o después del 18 de septiembre de 2026. No obstante, las personas que estén exentas por ley no se verán afectadas.
Aun con un patrocinador financieramente solvente, el oficial debe sopesar las condiciones personales de quien presentó la petición. Si el solicitante tiene una edad avanzada, padece una condición médica (Clase B) que requiere tratamiento extenso, carece de seguro médico o no tiene destrezas ni historial de empleo para reingresar al mercado laboral, esto podría influir en la determinación de si es probable que dependa de los recursos públicos.
Para cada peticionario sujeto a esta norma, el funcionario analizará de forma prospectiva los siguientes factores: los beneficios recibidos antes del 18 de septiembre de 2026 seguirán evaluándose conforme al estándar de 2022, principalmente asistencia monetaria para el mantenimiento de ingresos y la institucionalización prolongada a expensas del gobierno. Una vez pasada esta fecha, se evaluará la solicitud, aprobación, certificación o recepción de cualquier beneficio público basado en recursos económicos (means-tested public benefits). Entre los programas que pueden quedar comprendidos, según sus requisitos de elegibilidad, se encuentran: Medicaid, el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP), la Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF), y la asistencia de vivienda pública o sección 8.
Es importante señalar que numerosas categorías de inmigrantes continúan completamente exentas de la causal de inadmisibilidad por carga pública. Esto incluye a refugiados, asilados, víctimas de trata humana (visa T), víctimas de actividad criminal calificada (visa U), y autopeticionarios bajo la Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA, por sus siglas en inglés).
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