Impuestos

IRS 2026: crédito de hasta US$35.340 para migrantes que adopten en Nueva York

El beneficio sube a US$17.670 por hijo adoptado y contempla hasta US$5.120 reembolsables para contribuyentes elegibles

Redacción••2 min de lectura
Compartí esta nota:
Confirmado por el IRS en Nueva York: el crédito de hasta US$35.000 que se aplica a migrantes que cumplan requisitos

Las familias migrantes que residen en Nueva York y cumplen con los requisitos impositivos pueden reclamar ante el Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (IRS, por sus siglas en inglés) un crédito de hasta US$17.670 por hijo adoptado durante el año tributario 2026. El monto máximo trepa a US$35.340 para quienes adopten a dos niños y cumplan con las condiciones que fija la agencia federal.

La actualización surge de la guía oficial publicada en el procedimiento Revenue Procedure 2025-32, que elevó el tope desde los US$17.280 vigentes en 2025. La medida alcanza a contribuyentes de todo el país, incluidos los migrantes que declaran impuestos en territorio estadounidense.

El crédito cubre gastos calificados del proceso de adopción, como honorarios legales, costos de agencias, procedimientos judiciales, estudios del hogar y determinados gastos de viaje. Para el ejercicio fiscal 2026, el IRS estableció que hasta US$5.120 del beneficio puede ser de carácter reembolsable por cada hijo. De este modo, una familia que adopte a dos niños podría obtener hasta US$10.240 en efectivo si reúne los demás requisitos.

Una de las condiciones centrales es el límite de ingresos. El crédito comienza a reducirse cuando el ingreso bruto ajustado modificado supera los US$265.080 y deja de estar disponible a partir de los US$305.080. En adopciones de menores calificados oficialmente como niños con necesidades especiales, el importe completo puede reclamarse aun sin acreditar gastos.

El beneficio se aplica directamente contra la obligación tributaria y, cuando corresponde, genera un reembolso. Para utilizarlo, los contribuyentes deben completar el formulario 8839 al presentar la declaración.

En cuanto a la porción reembolsable, el IRS y el Departamento del Tesoro propusieron nuevas reglas que aún no están definidas oficialmente. La propuesta REG-119882-25, incluida en el Internal Revenue Bulletin 2026-38, vincula ese componente con la definición de “extranjero calificado” establecida por la Personal Responsibility and Work Opportunity Reconciliation Act de 1996 (Prwora). Bajo ese esquema, el estatus migratorio se convertiría en un elemento determinante para cobrar.

Los contribuyentes que no entren en esas categorías no perderían todo el crédito: podrían usar la parte no reembolsable para disminuir los impuestos federales adeudados y trasladar el saldo no utilizado durante un período de hasta cinco años.

Al margen del incremento en el crédito por adopción, las tablas impositivas para 2026 publicadas por el IRS también reflejan aumentos en las deducciones estándar que reducen el ingreso sujeto a impuestos.

Por qué importa

Miles de familias migrantes que declaran impuestos en Estados Unidos pueden acceder a un reembolso directo de hasta US$10.240 por dos adopciones. El estatus migratorio será clave para cobrar la porción reembolsable según la propuesta oficial.

Qué sigue

El IRS y el Tesoro deben definir oficialmente las reglas de la propuesta REG-119882-25 sobre la porción reembolsable. Hasta entonces, los contribuyentes pueden reclamar la parte no reembolsable y trasladar el saldo por cinco años.

¿Te gustó esta nota?

Recibí lo más importante del día en tu correo. Sin spam, con opción de baja siempre.

Más en Impuestos