Nueva York amplía plazo para pedir exención del impuesto a segundas viviendas
Los propietarios alcanzados por el recargo tienen tiempo hasta el 18 de septiembre para solicitar la exención.

La ciudad de Nueva York comenzó a enviar miles de notificaciones a propietarios de segundas viviendas de alto valor que podrían estar alcanzados por un nuevo impuesto. El tributo, conocido como "pied-à-terre tax", se aplicará a propiedades valuadas en más de cinco millones de dólares que no sean residencias principales.
El plazo para pedir la exención fue ampliado debido a la confusión que generó la medida. Según informó el alcalde Zohran Mamdani, las solicitudes podrán presentarse hasta el 18 de septiembre.
El 23 de julio, la ciudad envió unas 17.000 notificaciones a propietarios que podrían estar alcanzados por el recargo. Mamdani defendió la nueva tasa al sostener que la ciudad necesita soluciones estructurales para sus desafíos fiscales de largo plazo. Agregó que durante la campaña tributaria prometió gravar a los sectores con mayor capacidad económica y aseguró que el impuesto representa el primer paso para obtener recursos destinados a financiar parques, escuelas y bibliotecas.
Funcionarios municipales aclararon que el impuesto no se aplicará de manera generalizada sobre todas las propiedades, y que las cartas tenían un propósito informativo. El comisionado del Departamento de Finanzas, Richard Lee, dijo que la identificación inicial de los inmuebles se realizó con toda la información disponible en los registros oficiales, pero admitió que algunos datos pueden estar desactualizados.
Por ese motivo, se abrió un período para revisar cada caso y trabajar junto a los propietarios afectados antes de determinar definitivamente quiénes deberán pagar. Las solicitudes de exención podrán realizarse hasta el 18 de septiembre.
En el sitio web habilitado por la ciudad para informar sobre el impuesto se detalla que la propiedad no estará sujeta al recargo si constituye la residencia principal de alguna de estas personas: el propietario de la vivienda; un inquilino o subinquilino; una o más personas que posean una participación mayoritaria en la LLC, corporación o sociedad propietaria del inmueble; un familiar directo del propietario; o el beneficiario único de un fideicomiso.
Para demostrar alguna de estas situaciones, el propietario deberá presentar documentación que acredite que la vivienda es su residencia principal, como declaraciones de impuestos estatales o la exención STAR de años anteriores.
Las tasas varían según el tipo de propiedad. Las casas unifamiliares pagan entre 0,8% y 1,3% de su valor de tasación, mientras que condominios y cooperativas enfrentan tasas de 4% a 6,5% sobre el valor fiscal. A partir de julio de 2028, el sistema cambiará a un método de valuación basado en ventas comparables, lo que podría elevar significativamente el monto.
Fuente: Clarín
Nota redactada con asistencia de inteligencia artificial y editada por nuestra redacción. Cómo usamos IA.
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