Política

Reforma jubilatoria en Entre Ríos: suba de edades, aportes y cambios en el cálculo del haber

La ley 11.302, publicada hoy, modifica el régimen previsional provincial con ajustes graduales desde 2031 y un aporte extraordinario del 3% para salarios superiores a $3 millones.

Redacción2 min de lectura
Suba de edades y de aportes: cómo es la reforma jubilatoria que empieza a regir en una provincia para aliviar el déficit

Una suba gradual, a partir de 2031, de la edad mínima para acceder a la jubilación; un incremento de las tasas de aportes y contribuciones; cambios en la fórmula de cálculo del haber inicial y en la movilidad, y limitaciones a las pensiones por fallecimiento son los ejes de la reforma previsional aprobada por la Legislatura de Entre Ríos. La ley 11.302, que modifica la 8732, se publicó hoy en el Boletín Oficial y rige desde mañana.

La norma alcanza al empleo público de los tres poderes de la provincia y de los municipios adheridos, gestionado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones. El régimen, uno de los que no fueron transferidos a la Anses en los 90, busca reducir el déficit, estimado en 30%, y disminuir la dependencia de recursos del Tesoro provincial.

La caja tiene 66.823 beneficios en curso de pago con un haber promedio de $1,7 millones. Entre 2003 y 2024, los beneficiarios crecieron al 3,18% anual y los aportantes al 1,97%; la relación actual es de 1,82 aportantes por beneficiario y se proyecta que caiga a entre 1,41 y 1,26 hacia 2036. Gastón Bagnat, presidente de la Caja, explicó que en esos datos se basó la reforma.

La ley declara la emergencia económica y financiera del sistema por dos años, prorrogable por otros dos. En ese marco, dispone un aporte extraordinario del 3% adicional al 16% vigente para remuneraciones superiores a $3 millones, y una alícuota adicional del 3% a la contribución del empleador, que se reduce a 1,5% si la dependencia no es deficitaria. También prevé aportes solidarios de jubilados ante desequilibrios que comprometan la sustentabilidad.

En cuanto a las edades, las jubilaciones ordinarias comunes hoy requieren 62 años para varones y 57 para mujeres, con 30 años de aportes. Desde 2031, esas edades se equipararán gradualmente a las del sistema nacional (65 y 60 años), con subas de seis meses por año hasta 2036. Si el sistema nacional modifica sus edades, el cambio se replicará en la provincia.

También a partir de 2031 se elevará el requisito de años de aportes: un año adicional cada dos, hasta llegar a 35 en 2039. Las jubilaciones especiales, como las de docencia o servicio penitenciario, mantienen edades más bajas, pero quienes accedan desde enero de 2028 deberán hacer aportes especiales hasta cumplir la edad común, con descuentos que van del 19% al 6% según la etapa.

El haber inicial equivaldrá al 82% del promedio actualizado de las últimas 180 remuneraciones (15 años, frente a los 10 actuales), lo que reducirá la tasa de sustitución. La movilidad se ajustará según los aumentos salariales del grupo de empleados públicos con más aportantes, sin diferenciar por actividad. La reforma también limita el carácter vitalicio de las pensiones por fallecimiento, aunque los detalles específicos se conocerán en la reglamentación.

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