Justicia

Tierra del Fuego: ordenan liberar a Ramón Abregú, que mató a su mujer embarazada y estuvo 22 años prófugo

El Tribunal Superior de Justicia declaró extinguida por prescripción la acción penal contra el hombre condenado en 2000 por el homicidio de Eva Azulina Falcón en Río Grande.

Redacción••3 min de lectura
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Mató a su mujer embarazada, se escapó de la cárcel, estuvo 22 años prófugo y ahora ordenaron su libertad  por prescripción

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Tierra del Fuego declaró extinguida por prescripción la acción penal contra Ramón Ángel Abregú, dispuso su sobreseimiento y ordenó su libertad inmediata. La decisión fue tomada por mayoría y pone fin al proceso por el homicidio de su expareja embarazada, cometido en 2000 en la ciudad de Río Grande.

La sentencia lleva las firmas de los jueces María del Carmen Battaini, Javier Muchnik y Sergio Diéguez. El magistrado Ernesto Löffler votó en minoría y rechazó la prescripción.

Abregú mató a balazos a Eva Azulina Falcón el 23 de enero de 2000, cuando ingresó a un consultorio de la clínica Cemep y disparó cuatro veces contra el cuerpo de su expareja, que estaba embarazada. Fue detenido de inmediato y en septiembre de ese año recibió una condena de 20 años de cárcel por "homicidio simple en concurso ideal con aborto preterintencional en concurso real con tenencia de arma de guerra sin la debida autorización".

El 15 de febrero de 2001 se escapó de la unidad penitenciaria donde cumplía la pena. Permaneció prófugo durante 22 años hasta que, a mediados de 2023, se presentó ante la Justicia para pedir la prescripción de la causa. Tiene 73 años.

En un primer momento, los jueces Eduardo López y Juan José Varela, del Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, coincidieron con el fiscal mayor Martín Bramatti en que la causa no estaba prescripta y que Abregú debía cumplir la pena. Ese tribunal sostuvo que la fuga de 2001 constituyó un nuevo delito que se siguió cometiendo hasta la entrega, por lo que tampoco estaba prescripto. Advirtió además un riesgo de "sentencias contradictorias" si se declaraba la prescripción del homicidio y existía una eventual condena por la evasión. Finalmente, Abregú fue sobreseído en ese expediente.

La mayoría del TSJ tomó como referencia el precedente "Ilarraz" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que fijó criterios sobre la prescripción de la acción penal y la necesidad de armonizar su aplicación con los principios y garantías de la Constitución Nacional y los tratados internacionales de igual jerarquía.

La jueza Battaini explicó en su voto: "La acción penal, entonces, prescribe después de transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito cuando se tratare de hechos reprimidos con reclusión o prisión, no pudiendo, en ningún caso, exceder de doce años ni bajar de dos años. Por otro lado, es evidente que el sobreseimiento dictado en favor de Abregú en la causa por evasión, eliminó la causal interruptiva que versa sobre 'la comisión de otro delito' subsistente hasta ese momento".

El juez Muchnik adhirió a esos argumentos: "Al no existir delito que interrumpa la prescripción, adhiero a los argumentos desarrollados por el voto de la Jueza Battaini en lo inherente al vallado normativo que impone el Código Penal para la persecución punitiva del delito, como también al temperamento finalmente adoptado". Diéguez votó en el mismo sentido.

En su voto en minoría, Löffler sostuvo: "En mi opinión, admitir la prescripción de la acción penal perpetuaría los patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad y la violencia basada en la condición de mujer. Mal puede decirse que se cumple con las mandas de las convenciones internacionales de derechos humanos, y de derechos de la mujer, si la protección y la sanción es sólo simbólica".

Cuando se entregó, el abogado defensor Alejandro De la Riva afirmó: "El plazo de prescripción son 20 años, que es el tiempo en que logró mantenerse prófugo viviendo en la clandestinidad. Cumplió la pena de esa manera". Según el letrado, su asistido estuvo oculto en el norte argentino hasta que decidió presentarse ante la Justicia.

Por qué importa

El fallo reabre el debate sobre los límites de la prescripción en casos de violencia de género y sobre cómo se computan los plazos cuando el condenado se mantiene prófugo. La decisión mayoritaria del TSJ fueguino puede marcar precedente para causas similares en el país.

Qué sigue

La defensa de la familia de Eva Azulina Falcón podría llevar el caso a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario. También queda por ver si el Estado provincial o el Consejo de la Magistratura evalúan el impacto institucional del fallo.

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