Violencia vicaria: el debate por su inclusión legal llegó al Congreso
Dos proyectos de ley buscan tipificar la violencia vicaria en Argentina, pero especialistas y organizaciones no coinciden en el encuadre jurídico.

El debate sobre la violencia vicaria desembarcó en el Congreso con dos proyectos de ley que buscan incorporar el concepto a la legislación argentina. La violencia vicaria es una modalidad de violencia de género en la que una persona significativa para la mujer, generalmente sus hijos, es utilizada para prolongar el daño. La psicóloga clínica y perito judicial argentina Sonia Vaccaro acuñó el término en 2012.
El 27 de mayo ingresó en la Cámara de Diputados el proyecto 2454-D-2026, encabezado por Esteban Paulón (Provincias Unidas), que propone crear un Régimen Integral de Prevención, Protección y Reparación frente a la Violencia Vicaria. La iniciativa fue girada a las comisiones de Mujeres y Diversidad; Familias, Niñez y Juventudes; Justicia; y Presupuesto y Hacienda. Otra iniciativa, presentada el 8 de mayo y firmada, entre otros, por Gabriela Estévez (Unión por la Patria) y Paulón, plantea modificar el artículo 80 del Código Penal para incorporar el concepto de violencia vicaria por razones de género.
Detrás del concepto hay historias de madres que denuncian haber perdido el vínculo con sus hijos. Laura Blanco Luna recuperó la convivencia con su hijo después de seis años. Carola Rodríguez, integrante de la red Somos Muralla, todavía espera: en julio de 2023 fue a buscar a sus mellizas, entonces de 9 años, para las vacaciones de invierno y nadie le abrió la puerta. Afirma que durante 12 días no supo dónde estaban y que luego se enteró de una causa en la que el padre solicitaba el cuidado personal unilateral.
Las agrupaciones que impulsan la legislación aseguran haber relevado 169 niños asesinados por sus padres entre 2008 y 2026 en casos que identifican como violencia vicaria. No se trata de una estadística oficial. Las propias organizaciones reclaman un registro estatal porque dicen desconocer la dimensión real de estos casos. "Nosotros contamos 170, pero a lo mejor son 500, o a lo mejor son 1000. ¿Cómo lo podemos saber?", planteó Blanco Luna.
El encuadre jurídico no genera consenso. Javier Montenegro, abogado e integrante de la Mesa Nacional en Defensa del Niño, la Familia y la Verdad en Argentina, publicó una crítica a la incorporación de la violencia vicaria exclusivamente dentro del marco de la violencia de género. Sostiene que una categoría jurídica construida únicamente sobre un agresor varón y una víctima mujer puede dejar fuera situaciones en las que conductas similares sean ejercidas por una mujer u otro integrante de la familia. Propone que sean abordadas dentro de un régimen de violencia intrafamiliar neutral respecto del género y que el eje esté puesto en la conducta ejercida y en el interés superior del niño.
Silvina Andrea Bentivegna, abogada de la UBA y especialista en Derecho de Familia, violencia familiar y abuso sexual, advirtió sobre el riesgo de interpretar situaciones con antecedentes de violencia únicamente como "conflictos parentales". Explicó que diferenciarlas exige reconstruir el contexto: en un conflicto parental no existe necesariamente la utilización del hijo para dañar a la madre ni la asimetría de poder propia de la violencia de género. También remarcó el derecho de niños y adolescentes a ser oídos al resolver cuestiones vinculadas con su cuidado y comunicación, y señaló que la ausencia de una tipificación específica de violencia vicaria no impide recurrir a herramientas jurídicas ya vigentes.
España avanzó en el reconocimiento de la violencia vicaria dentro de la violencia de género, aunque allí también existe debate sobre cómo trasladar el concepto a las normas y, sobre todo, cómo aplicarlas. Uno de los antecedentes ocurrió incluso antes de que Vaccaro acuñara el término. En 2003, Andrea, de 7 años, fue asesinada por su padre durante un régimen de visitas no supervisado después de reiteradas denuncias de su madre, Ángela González Carreño. En 2014, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas responsabilizó a España por no haber protegido a madre e hija y, cuatro años después, el Tribunal Supremo reconoció la responsabilidad patrimonial del Estado.
Por qué importa
La discusión define cómo el Estado protege a niños y madres en contextos de violencia. Una ley específica podría mejorar la prevención y reparación, pero su alcance genera tensiones jurídicas y políticas.
Qué sigue
Los proyectos deberán ser debatidos en las comisiones de Mujeres y Diversidad; Familias, Niñez y Juventudes; Justicia; y Presupuesto y Hacienda. No hay fecha estimada para el dictamen.
¿Te gustó esta nota?
Recibí lo más importante del día en tu correo. Sin spam, con opción de baja siempre.
Relacionadas
Más de #violencia vicaria →
Protegen a la psiquiatra que trató a Lucas Grinstein: "Si sale libre me tengo que mudar de país"

Dahlia de la Cerda: "No quería romantizar las redes entre mujeres"

Procesaron a un camarista federal de Córdoba por abuso de autoridad y violencia de género

Tierra del Fuego: ordenan liberar a Ramón Abregú, que mató a su mujer embarazada y estuvo 22 años prófugo

El proyecto de "ley de soberanía nacional" que el Gobierno envió al Congreso y despertó alertas jurídicas

Facundo Moyano sumó una nueva imputación por desobediencia en la causa por violencia de género
Más en Legislación
Más leídas
7 días- 1
Irán rechazó el Starlink que Israel le ofreció en plena Asamblea de la ONU
Internacionales
- 2
Sydney Sweeney cumple 29 años: de la polémica campaña desnuda a sus próximos desafíos en Hollywood
Espectáculos
- 3
Malvinas: dos jueces envían exhortos a Gran Bretaña e Israel por la explotación petrolera
Justicia
- 4
Más de 350 personalidades de la cultura respaldan a Ariana Harwicz tras su exclusión en Granada
Cultura
- 5
Green card: los riesgos de salir de EE.UU. y volver como residente permanente
Inmigración







