Ciudadanía italiana: la Corte Constitucional eleva el caso a Europa y renueva la esperanza
El tribunal italiano reenvió al TJUE la decisión sobre la Ley Tajani, que restringe el derecho de sangre a hijos y nietos, dejando en vilo a bisnietos y generaciones posteriores.

La Corte Constitucional de Italia decidió no resolver directamente sobre la constitucionalidad de la Ley Tajani (ley 74/2025), que restringe la transmisión de la ciudadanía italiana por ius sanguinis solo a hijos y nietos de italianos nativos. En su lugar, mediante la Ordenanza N° 147/2026, elevó una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que determine si la norma es compatible con los tratados comunitarios. La medida abre una expectativa relevante para miles de argentinos con juicios pendientes.
La ley, que rige desde el 28 de marzo de 2025, excluye a bisnietos, tataranietos y generaciones posteriores, argumentando que perdieron el “vínculo efectivo” con Italia. La cuestión de constitucionalidad surgió de casos en los Tribunales de Mantova y Campobasso, donde los interesados no acreditaron haber solicitado turno consular antes de esa fecha. Según la abogada Antonella Nediani, del Estudio Jurídico Montefiori, el TJUE no se pronunciará sobre toda la normativa, sino específicamente sobre el artículo 3-bis de la Ley N° 91/1992, que cuestiona si quienes nacieron en el extranjero antes de la reforma nunca adquirieron la ciudadanía que la ley vigente les atribuía.
La abogada Graciela Cerulli, del estudio Cerulli Arena, calificó la decisión como “un paso de extraordinaria importancia”. Recordó que en la sentencia Nº 63/2026 la Corte Constitucional había considerado infundadas cuestiones similares, pero ahora optó por consultar al TJUE. “Se abre una nueva etapa, en la que el Derecho de la Unión será protagonista”, afirmó. Cerulli destacó que el debate jurídico no terminó y que la esperanza de miles de familias italianas en el mundo se mantiene viva.
Para quienes aún no iniciaron acciones, Nediani recomendó esperar la resolución europea, salvo que tengan documentación que demuestre un intento de turno antes del 27 de marzo de 2025. Cuestionó, además, que la Corte Constitucional presuponga que los descendientes en el exterior carecen de conexión real con Italia, cuando muchas familias conservaron la lengua, cultura y tradiciones. “La existencia de ese vínculo debería acreditarse individualmente”, sostuvo.
Cerulli explicó que el TJUE decidirá si el decreto Tajani es compatible con el Derecho de la Unión. Si declara la incompatibilidad, esa parte de la norma no se aplicará más. “Todos los que presentaron la causa antes del 28 de marzo de 2025 están a salvo. Después de esa fecha, si el TJUE dice que no se aplica a quienes ya nacieron, esas personas podrán pedir el reconocimiento”, resumió.
No hay un plazo determinado para el fallo europeo. Nediani señaló que podría demorar entre seis meses y un año y medio, según antecedentes. La suspensión de los juicios italianos no es automática, pero el reenvío otorga a los jueces un fundamento sólido para paralizar las causas hasta el pronunciamiento. Algunos abogados podrían solicitar medidas de urgencia para acelerar el proceso. “La batalla jurídica continúa y la esperanza permanece viva”, concluyó Cerulli.
Fuente: Lanacion
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