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El COI exigirá una prueba genética para competir en la rama femenina desde Los Ángeles 2028

La presidenta del Comité Olímpico Internacional, Kristy Coventry, impulsa un cambio de reglas basado en el gen SRY que deja afuera a mujeres trans y atletas con desarrollo sexual diferente.

Redacción••2 min de lectura
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El COI exigirá una prueba genética para competir en la rama femenina desde Los Ángeles 2028

El Comité Olímpico Internacional (COI) resolvió cambiar los criterios de elegibilidad para la rama femenina y, desde los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028, exigirá una prueba genética basada en la presencia del gen SRY para determinar el sexo de las competidoras. La medida, anunciada en marzo por la presidenta del organismo, Kristy Coventry, deja atrás los polémicos niveles de testosterona y alcanza tanto a deportes individuales como por equipos.

La norma se apoya en criterios biológicos y científicos elaborados por expertos médicos. La detección del gen SRY se realiza con un hisopo bucal, una muestra de saliva o de sangre, y se asocia al desarrollo sexual masculino. Según el COI, ese marcador no se altera a lo largo de la vida, a diferencia de los niveles hormonales que se usaban hasta ahora.

El conflicto viene de lejos. En 2021, el COI había dispuesto que cada federación deportiva definiera por su cuenta el marco para la participación de mujeres trans. Dos casos marcaron el debate: la halterófila Laurel Hubbard, primera atleta transgénero en competir en unos Juegos Olímpicos, y la boxeadora Imane Khelif, con hiperandrogenismo, que se quedó con el oro en París 2024.

La nueva regla no tendrá efectos retroactivos. Sí contemplará "raras excepciones", como diferencias o trastornos del desarrollo sexual. Los atletas transgénero XY y las personas con trastornos del desarrollo sexual sensibles a los andrógenos competirán en las categorías masculinas.

El anuncio reabrió un debate que excede lo deportivo. Hay quienes sostienen que la decisión implica un retroceso que alimenta el estigma y la discriminación, y que vulnera el derecho a la identidad de género reconocido por muchas legislaciones. Del otro lado, se argumenta que la diferencia de rendimiento entre hombres y mujeres en deportes de fuerza puede llegar al 30%, una ventaja enorme que además implica riesgos para la seguridad de las rivales.

El propio COI había recomendado antes respetar la identidad de cada deportista de élite, usar el nombre con el que se identifica y evitar enfoques invasivos. Ese criterio quedó ahora desplazado por una prueba no invasiva que, según el organismo, fija un punto de partida parejo para todas las competidoras.

La decisión llega a dos años de la cita de Los Ángeles y en un contexto de crecimiento del número de deportistas que se identifican con el colectivo LGBTIQ+. El tema también se cuela en la agenda deportiva argentina, que sigue de cerca los ciclos olímpicos y el desempeño de sus atletas, como repasa la agenda deportiva de la semana.

Para el COI, el punto de partida de cualquier competencia debe fijarse de forma justa y no favorecer a unas en desmedro de otras. La entidad sostiene que la evidencia médica debe primar sobre el ingrediente sociocultural a la hora de definir quién compite en la rama femenina.

Por qué importa

La decisión redefine quién puede competir en el deporte femenino de élite y reabre un debate sobre inclusión, equidad y derechos que excede los Juegos. Afecta a federaciones, atletas y legislaciones que reconocen la identidad de género.

Qué sigue

Resta conocer cómo adaptará cada federación deportiva sus reglamentos internos antes de Los Ángeles 2028 y cómo se resolverán las "raras excepciones" por trastornos del desarrollo sexual.

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