Jesica Cirio pidió excluir los videos con fajos de dólares como prueba en su causa
La defensa de la exmodelo argumentó que un peritaje oficial no pudo garantizar la autenticidad de las filmaciones.

Jesica Cirio solicitó a la Justicia que no utilice como prueba en su contra y en la de su exesposo Martín Insaurralde los videos publicados por LA NACION en los que se la ve en un vestidor con fajos de dólares. Ambos están imputados por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
La presentación fue realizada ante el juez federal Luis Armella, a cargo interinamente del juzgado de Lomas de Zamora. Según la defensa, un peritaje determinó que no se pudo establecer la trazabilidad de las imágenes ni descartar que hayan sido manipuladas.
Los abogados Claudio Caffarello y Nicolás Urrutia sostuvieron que los videos “no merecen ni justifican, en un proceso que se precie de calidad en cuanto a la prueba de cargo, que forme parte del universo de evidencias de cargo”, y pidieron que queden excluidos del expediente.
El planteo se apoya en las conclusiones de la pericia realizada por la DATIP, el área técnica del Ministerio Público Fiscal, sobre las filmaciones difundidas el 20 de junio pasado. El dictamen siembra dudas sobre la autenticidad del material.
Uno de los cuestionamientos apunta a los metadatos: los peritos hallaron que las marcas temporales internas de captura de cada archivo estaban “completamente en cero”. Eso indicaría que los videos fueron reenviados por un servicio de mensajería o sometidos a algún proceso de edición, transcodificación o transferencia por aplicaciones como WhatsApp, Telegram o Signal, que remueven los datos de origen.
Para la defensa, eso impide afirmar que se trate de documentos fidedignos. El escrito remarca que ninguno de los siete videos llegó acompañado de un código hash previo a su extracción en la DATIP, la huella digital que permite garantizar que un archivo no fue alterado.
Ese código, sostienen, recién se calculó durante el procesamiento pericial, casi dos meses después de que el material ingresara al expediente. Por lo tanto, no se puede establecer su trazabilidad.
Además, los peritos advirtieron que el registro interno describía un pendrive en el sobre de la evidencia, pero en su interior había en realidad una tarjeta micro SD marca Kingston de 32 GB dentro de su adaptador. Esa discordancia, afirma la defensa, “afecta la autenticidad y trazabilidad de los elementos aportados”.
Con esos argumentos, Caffarello y Urrutia concluyen que, al no contar con el sistema de archivos original, no puede determinarse el origen, el contexto de producción ni la identidad de quien generó las imágenes. La decisión sobre la validez de la prueba quedará ahora en manos del juez de Lomas de Zamora.
Fuente: Lanacion
Nota redactada con asistencia de inteligencia artificial y editada por nuestra redacción. Cómo usamos IA.
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