Justicia

Un productor de Pergamino lleva a la Corte su pelea individual contra las retenciones

Marcelo Risso presentó un amparo, perdió en primera instancia y en la Cámara Federal de Rosario, y ahora espera que el máximo tribunal revise su caso

Redacción4 min de lectura
“David contra Goliat”: un productor abrió una batalla judicial porque Milei no eliminó las retenciones y llevó su reclamo hasta la Corte

Un productor agropecuario y abogado de Pergamino lleva su reclamo contra las retenciones hasta la Corte Suprema de Justicia. Se trata de Marcelo Risso, quien presentó un amparo a título individual, perdió en primera instancia y ante la Cámara Federal de Rosario, y ahora aguarda que el máximo tribunal defina si acepta analizar el caso. En su demanda reclama la devolución de US$84.169 que considera cobrados de más entre 2022 y 2024.

Risso pertenece a una familia dedicada a la producción agropecuaria en Pergamino desde hace cinco generaciones. Además de seguir ese camino, se recibió de abogado, lo que le permitió hacerse cargo de su propia presentación judicial. “Soy el único productor que, a título individual, promovió un amparo contra las retenciones. No conozco que haya habido otro que se la juegue para ir a pelear una guerra al mejor estilo David contra Goliat”, afirmó.

El origen de la disputa se remonta a 2021, cuando el Congreso rechazó el proyecto de presupuesto presentado por el gobierno de Alberto Fernández. Para Risso, con esa decisión también venció la facultad delegada al Poder Ejecutivo para fijar las retenciones. “Dije: ‘La Justicia dice que los que tienen que promover esto son los agricultores a nivel individual; voy a meter una acción a nivel individual’”, recordó.

En 2025 presentó el amparo ante el Juzgado Federal Nº 1 de San Nicolás, a cargo de Carlos Villafuerte Ruzo, contra el Poder Ejecutivo Nacional y ARCA. Pidió que se declararan inconstitucionales los decretos con los que distintos gobiernos mantuvieron o modificaron las alícuotas: primero cuestionó el 851/2021 y el 38/2025, cuando Javier Milei dispuso una reducción temporal por seis meses, y luego incorporó como hecho nuevo el 526/2025, que hizo permanente una reducción de alícuotas.

Para sostener su reclamo se apoyó en “Camaronera Patagónica”, un fallo de 2014 en el que la Corte estableció que los tributos deben ser creados por una ley formal y fijó límites a las facultades que el Congreso puede delegar en el Poder Ejecutivo. Según el productor, ese criterio también debe aplicarse a los derechos de exportación.

Su presentación no se limitó a discutir quién tiene la facultad de fijar las retenciones. También buscó demostrar que, aunque formalmente el derecho de exportación lo paga el exportador, su costo termina trasladado al productor mediante un menor precio por los granos. Para respaldarlo acompañó liquidaciones de operaciones con soja, maíz y trigo, junto con planillas de la Secretaría de Agricultura con los valores FOB. “Queda patente que el costo de la retención no lo paga el exportador, sino que lo paga el productor a través de una traslación del impuesto al precio”, sostuvo.

El Poder Ejecutivo no contestó la demanda y quedó en rebeldía. ARCA sí lo hizo y pidió que el amparo fuera rechazado por considerar que no era la vía adecuada. Además, sostuvo que el productor carecía de legitimación para reclamar porque el sujeto obligado a pagar el tributo es el exportador y no quien produce el grano.

La sentencia de primera instancia llegó el 31 de octubre de 2025. El Juzgado Federal de San Nicolás le dio la razón a ARCA, aunque reconoció que el costo del impuesto “se traslada” al precio que cobra el productor, tal como sostenía Risso. Pese a ello rechazó el amparo por una cuestión formal: consideró que carecía de legitimación para reclamar.

Risso apeló y el 5 de mayo de 2026 la Sala B de la Cámara Federal de Rosario confirmó el fallo porque entendió que no había probado una relación directa entre el tributo y el precio cobrado. Así, la Justicia no analizó la legalidad de las retenciones, sino si el productor estaba habilitado para cuestionarlas.

Presentó entonces un recurso extraordinario federal, que la propia Cámara denegó el 6 de agosto de 2026 por considerar que no había cuestión federal suficiente. El 13 de agosto presentó ante la Corte Suprema un recurso de queja para que el máximo tribunal revise si ese rechazo fue correcto. “Estoy justamente en esta instancia. Hay un expediente en la Corte Suprema para que analice si el rechazo al recurso fue bien o mal denegado”, explicó.

Risso contó que decidió volver a la Justicia después de que no se cumpliera, según indicó, una promesa de campaña de Milei de eliminar las retenciones. “Milei ganó en 2023 y las retenciones las van bajando de a poquito. Y la verdad es que esto es como que ya no sirve, sobre todo porque en los últimos dos o tres años hubo una escalada brutal de los costos en el campo. Era muy necesario que el Gobierno realmente bajara las retenciones a cero”, afirmó.

Después de escuchar a Nicolás Pino decir que la Sociedad Rural Argentina buscará alcanzar “retenciones cero por ley y para siempre”, Risso decidió contar su historia y dar a conocer la batalla judicial que sostiene desde hace años. “Siempre me pareció que este es un tema de estricta justicia y por eso decidí dar este paso”, concluyó.

Por qué importa

El caso pone en discusión quién tiene la facultad de fijar las retenciones y si el productor puede reclamar por un impuesto que formalmente paga el exportador. Un fallo favorable podría habilitar reclamos similares en todo el sector agropecuario.

Qué sigue

La Corte Suprema debe resolver si acepta el recurso de queja presentado el 13 de agosto. Si lo rechaza, la sentencia queda firme y el camino judicial de Risso se agota; si lo admite, el máximo tribunal podrá estudiar el fondo del caso.

Fuente: LA NACION

Nota redactada con asistencia de inteligencia artificial y editada por nuestra redacción. Cómo usamos IA.

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