La Cámara Federal confirmó la investigación contra Alberto Fernández por violencia de género
Los jueces rechazaron el pedido de nulidad de la defensa y ordenaron nuevas medidas de prueba.

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la investigación contra el expresidente Alberto Fernández por violencia de género contra su expareja Fabiola Yáñez. Los magistrados rechazaron el pedido de nulidad total de la causa presentado por la defensa, al considerar que no existían elementos jurídicos para anularla. Sin embargo, ordenaron al juez Daniel Rafecas que impulse una serie de medidas de prueba, lo que retrasará la elevación a juicio.
La acusación contra Fernández es por dos hechos de lesiones leves y un hecho de lesiones graves, doblemente agravados por el vínculo, abuso de poder y autoridad, y amenazas coactivas. El Ministerio Público Fiscal, representado por Ramiro González, ya había solicitado la elevación a juicio oral el año pasado, para que el expresidente responda ante un tribunal por las lesiones físicas y psíquicas que sufrió Yáñez durante más de una década.
La causa se inició luego de una revelación periodística, cuando Fernández era presidente y residía en la Quinta de Olivos. La defensa, a cargo de Silvina Carreira, planteó la nulidad de todas las actuaciones realizadas por el juez Julián Ercolini, quien fue apartado del caso por la Cámara de Casación. La defensa argumentó que las pruebas obtenidas bajo la gestión de Ercolini eran "prueba contaminada" según la doctrina del fruto del árbol envenenado.
El juez Rafecas rechazó el planteo el 21 de abril, al considerar que no había argumentos jurídicos para anular la investigación. Sostuvo que el apartamiento de Ercolini fue una medida preventiva para disipar temores de parcialidad, pero que no implicaba invalidar los actos previos. La Cámara Federal, integrada por Martín Irurzun, Roberto Boico y Eduardo Farah, confirmó esa postura, aunque con un voto dividido en un punto: Boico y Farah consideraron necesario que Rafecas impulse ciertas medidas de prueba solicitadas por la defensa.
En su voto, Boico señaló que la vigencia del expediente está blindada por los tratados internacionales contra la violencia de género, que imponen la máxima de no retrogradación del proceso. Farah, por su parte, diferenció la validez de lo actuado respecto de "lo no cumplido", refiriéndose a la falta de producción de pruebas que la defensa considera indispensables para refutar la acusación. El tribunal resolvió encomendar a Rafecas que "provea aquella prueba que resulte estrictamente conducente y con su resultado reevalúe la situación del imputado".
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