Política

La Corte frenó un DNU de Macri y abre dudas sobre los decretos de Milei

El máximo tribunal declaró inconstitucional un decreto de 2019 y advierte sobre los límites a la facultad del Ejecutivo para legislar.

Redacción2 min de lectura
La Corte frenó un DNU de Macri y abre dudas sobre los decretos de Milei

La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por Mauricio Macri en 2019, al considerar que el Poder Ejecutivo no justificó la urgencia ni la necesidad para modificar la competencia de un fuero. El fallo, dado a conocer el jueves, establece que la regulación de la competencia de los tribunales federales es una materia reservada al Congreso y que el uso de DNU debe ser excepcional.

La decisión, propuesta por el ministro Carlos Rosenkrantz, sostiene que la admisión de facultades legislativas por parte del Ejecutivo se hace en condiciones de rigurosa excepcionalidad y con sujeción a exigencias formales que constituyen una limitación y no una ampliación de su práctica. Además, recuerda que para dictar un DNU debe existir un estado de necesidad y urgencia que impida el trámite legislativo ordinario.

El caso surgió a partir de una demanda de la empresa Cencosud contra el Estado Nacional por el decreto 274/2019, que modificaba la competencia de los tribunales en materia comercial. La Corte señaló que el decreto no explicó las circunstancias extraordinarias que lo justificaran y que el paso del tiempo sin pronunciamiento del Congreso no exime del control judicial.

El fallo enciende alertas en el Gobierno, ya que podría sentar precedente para cuestionar numerosos DNU de Javier Milei, entre ellos el mega decreto 70/2023 de desregulación económica, el de migraciones, el de movilidad jubilatoria y el de fondos reservados. Según fuentes judiciales, hay al menos veinte amparos contra cambios en la legislación laboral, siete sobre acceso a la salud, tres por desregulación farmacéutica y dos por libertad de asociación, entre otros.

Las interpretaciones del fallo dividen aguas en la propia Corte. Cerca del presidente del tribunal, Horacio Rosatti, minimizan el impacto y sostienen que el Poder Judicial siempre rechazó interferencias políticas en temas jurisdiccionales. En cambio, en el entorno del ministro Ricardo Lorenzetti consideran que el precedente podría limitar fuertemente al Gobierno, ya que el criterio podría trasladarse a varios decretos de Milei si no son aprobados por el Congreso y llegan a la Corte.

El constitucionalista Alberto Garay, expresidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, opinó que la sentencia no dice nada nuevo y que las condiciones para la validez de un DNU ya estaban establecidas desde el fallo Verrocchi de 1999. No obstante, advirtió que no se puede trasladar automáticamente lo resuelto a todos los decretos y que cada caso debe analizarse en particular.

El fallo se conoce en medio de una interna en la Corte por la posible designación de nuevos ministros y por la relación del Gobierno con el máximo tribunal. El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, había mencionado la posibilidad de enviar candidatos al Senado, lo que reavivó las disputas entre los sectores que rodean a Karina Milei y a Santiago Caputo.

Fuente: Smoke Demo Source

Nota redactada con asistencia de inteligencia artificial y editada por nuestra redacción. Cómo usamos IA.

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