Los rugbiers franceses recuperaron su prestigio, afirmó su abogado tras el sobreseimiento confirmado
Rafael Cúneo Libarona aseguró que la denunciante y su defensora deberán responder por sus mentiras y mala praxis.

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó este jueves el sobreseimiento de los rugbiers franceses Hugo Auradou y Oscar Jegou, acusados de abuso sexual. Tras conocer el fallo, su abogado, Rafael Cúneo Libarona, aseguró que la denunciante y su defensora deberán rendir cuentas por sus acusaciones.
“Los rugbiers han recuperado su prestigio. Demostramos que todo era falso y ahora verán las consecuencias. La mentira no puede ser gratis y aquí hubo dos personas inocentes que estuvieron presas”, afirmó Cúneo Libarona en declaraciones a LA NACION.
El caso se originó el 8 de julio de 2024, cuando una mujer identificada como M. S. L. denunció a los deportistas por abuso sexual tras conocerlos en un boliche de la ciudad de Mendoza. Auradou y Jegou habían participado horas antes de un test match entre Les Bleus y Los Pumas.
Los rugbiers permanecieron detenidos casi un mes hasta que fueron excarcelados y pudieron regresar a Francia. En diciembre de 2024, la jueza de Garantías Elenora Arenas dictó el sobreseimiento, decisión que luego fue apelada por la querella.
La querella cuestionó “la ausencia de perspectiva de género en la valoración de la prueba”, “la desestimación de pruebas relevantes” y “la actuación del Ministerio Público Fiscal”, al señalar que había adoptado “un enfoque erróneo y sesgado de la investigación”.
En febrero de 2025, el Tribunal Penal Colegiado N° 1 de Mendoza confirmó el sobreseimiento. En su fallo, sostuvo que “la evidencia fílmica, los testimonios recabados, los peritajes médicos y psicológicos, así como los propios mensajes de la denunciante en las horas y días posteriores a los hechos, han desvirtuado en forma contundente la hipótesis acusatoria”.
La querella interpuso entonces un recurso de casación y el expediente llegó a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, que con la firma de los jueces Dalmiro Garay Cueli, Norma Llatser y José Valerio confirmó el sobreseimiento. El máximo tribunal consideró que “los planteos introducidos no logran demostrar que el tribunal haya incurrido en una valoración arbitraria de la prueba”.
También se destacó que “ninguno de los testigos que tuvo contacto con la denunciante, antes, durante o inmediatamente después de los hechos aportó información que permitiera corroborar la existencia del hecho”.
En ese contexto, Cúneo Libarona remarcó: “La denunciante y su abogada, Natacha Romano, responderán cada una por sus mentiras y mala praxis profesional”.
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