El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral: cómo funcionarán las indemnizaciones
A partir del 1 de noviembre de 2026, empleadores privados deberán aportar entre el 1% y 2,5% de las cargas sociales a cuentas individuales supervisadas por la CNV.

El Gobierno reglamentó este lunes varios artículos de la Ley de Modernización Laboral, entre ellos el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo destinado a contribuir al pago de indemnizaciones a trabajadores. El Decreto 408/2026 fue aprobado por el jefe de Gabinete Manuel Adorni, el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger y el ministro de Economía Luis Caputo, y se oficializó en el Boletín Oficial.
El sistema funcionará exclusivamente para empleadores del sector privado a través de fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Cada empleador contará con cuentas individuales específicas, inembargables, administradas por un Agente de Liquidación y Compensación (ALyC) que podrá elegir libremente entre los habilitados por la CNV.
Los aportes obligatorios mensuales serán del 1% para grandes empresas y del 2,5% para pequeñas y medianas empresas (pymes), calculados sobre las cargas sociales. Los fondos acumulados solo podrán destinarse a cubrir obligaciones en caso de despido y no admitirán otro uso. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será responsable de cobrar y derivar las contribuciones patronales e integrarlas al sistema de seguridad social.
El Gobierno también habilitó la portabilidad de fondos entre distintos vehículos de inversión autorizados, sujeta a condiciones que establezca la CNV. La responsabilidad por calcular montos indemnizatorios seguirá siendo exclusiva de cada empleador. Para asegurar que los aportes se asignen correctamente, los empleadores deberán informar un identificador digital denominado ID FAL.
Para acceder al sistema, los trabajadores deberán acumular una antigüedad mínima de doce meses en los registros laborales. Ante un despido, ARCA tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para transferir los montos indemnizatorios directamente al trabajador tras la presentación de la declaración correspondiente.
La administración también prevé una reducción de contribuciones patronales equivalente al aporte efectuado al Fondo de Asistencia Laboral. La entrada en vigencia del nuevo régimen fue postergada hasta el 1 de noviembre de 2026. El proyecto de reforma laboral fue aprobado por el Senado en febrero con 42 votos a favor y 30 en contra, siendo el financiamiento de indemnizaciones uno de los temas que concentró mayor atención durante el debate parlamentario.
Fuente: Lanacion
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