Juicio Legal

Un fallo en Lomas de Zamora recortó a la mitad una indemnización laboral de $46,6 millones

El Tribunal del Trabajo N° 5 aplicó la doctrina "Barrios" de la Suprema Corte bonaerense y fijó el resarcimiento en $23,3 millones para evitar un "descalabro patrimonial" de la empresa.

Redacción••2 min de lectura
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Un justo límite frente al desborde indemnizatorio laboral

Un tribunal del Trabajo de Lomas de Zamora redujo a la mitad una indemnización por despido que, por efecto de los mecanismos de actualización automática, había trepado a $46,6 millones. El fallo evitó el colapso patrimonial de una pequeña empresa de seguridad y sentó un precedente sobre los límites de las fórmulas indexatorias en el fuero laboral.

El litigio se originó en el despido indirecto de un vigilador privado cuyo crédito inicial, en 2019, ascendía a $818.648. La aplicación de las pautas de actualización previstas en la nueva ley nacional de modernización laboral multiplicó ese capital original por 57 veces.

La norma introdujo en su artículo 55 pautas obligatorias de actualización para proteger los créditos de la inflación, con un piso equivalente al IPC más un 3% anual. También estableció que el resultado no puede exceder ese techo, pero tampoco ser inferior al 67% de esa suma tope.

Las juezas María Florencia Farina, Carina Gómez Ansede y Adriana Huguenin aplicaron las facultades morigeradoras del derecho y la doctrina "Barrios, Héctor Francisco c/Las Nieves S.A.", de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires. Ese precedente autoriza a los magistrados a adecuar las cifras cuando las tasas o fórmulas aplicadas derivan en un "descalabro patrimonial".

Al justificar su voto, Farina sostuvo que "de la confrontación de los parámetros matemáticos liquidados con la realidad socioeconómica actual, surge un resultado manifiestamente desproporcionado e irrazonable que desnaturaliza la pretensión indemnizatoria laboral y consagra un enriquecimiento sin causa".

El tribunal recortó a la mitad la suma actualizada que imponía el piso de la ley de modernización laboral y fijó el monto definitivo en $23,3 millones. La decisión se apoya en el criterio de que el resarcimiento debe recomponer el perjuicio sufrido por el trabajador, pero no convertirse en un incentivo a la destrucción del empleo ni en una confiscación encubierta de las empresas.

Durante décadas, la imprevisibilidad de los costos de salida y la llamada industria del juicio operaron como disuasores de la contratación formal. El fallo plantea que ningún marco normativo, por bienintencionado que resulte en sus fines de actualización frente a los desajustes macroeconómicos, puede aplicarse con prescindencia del principio de equidad y de la realidad de las organizaciones que sustentan la economía formal.

La resolución restituye una cuota de previsibilidad interpretativa. Al limitar los excesos derivados de un automatismo matemático que asfixia al sector productivo, el tribunal envió una señal al resto del cuerpo judicial sobre la necesidad de ponderar la sustentabilidad del empleo frente a la literalidad de los números.

Por qué importa

El fallo marca un límite a las indemnizaciones que crecen por indexación automática y puede replicarse en otros tribunales laborales. Para las pymes, define cuánto puede costar un despido y reduce la incertidumbre para contratar.

Qué sigue

Habrá que ver si el criterio de Lomas de Zamora se replica en otros tribunales laborales bonaerenses y si la parte trabajadora apela el recorte ante la Suprema Corte provincial.

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