Proyecto en Provincia de Buenos Aires: quieren eliminar el libre deuda para renovar el registro
La iniciativa busca que las multas sin sentencia firme no bloqueen el trámite de la licencia de conducir.

Un proyecto de ley presentado en la Legislatura de la provincia de Buenos Aires propone eliminar el certificado de libre deuda como requisito para obtener, renovar o duplicar el registro de conducir. La iniciativa apunta a que las multas de tránsito sin sentencia firme dejen de ser un impedimento para completar el trámite.
Según la propuesta, la Provincia y los municipios no podrían exigir ese certificado como condición necesaria para iniciar o finalizar el trámite. En caso de que existan infracciones pendientes, la autoridad de tránsito podría informar al solicitante, pero esa advertencia no podría frenar la entrega del carnet.
El proyecto pone el foco en una situación que afecta a miles de conductores: el sistema administrativo actual bloquea licencias por multas que muchas veces no fueron confirmadas por una sentencia firme. Esto deja a los conductores en una situación de indefensión antes de que se determine su responsabilidad real.
La iniciativa ya genera debate en el ámbito político y vial, y busca terminar con una barrera que impide a muchos conductores renovar su registro. La ley no implicaría el perdón de las multas ni la desaparición de las infracciones, sino que el cobro se trasladaría a otras vías administrativas o judiciales.
Bajo este nuevo esquema, un conductor podría renovar su registro y, paralelamente, seguir debiendo una infracción, la cual debería saldar por los canales de cobro convencionales, sin que su derecho a circular o trabajar quede suspendido.
Hasta que este proyecto no sea ley, los requisitos vigentes para tramitar la licencia en la provincia de Buenos Aires siguen siendo los mismos: DNI vigente y fotocopia, aprobar los exámenes psicofísicos y de idoneidad, realizar el curso de educación vial (solo para principiantes), presentar el certificado de libre deuda municipal (infracciones con sentencia firme), abonar las tasas municipales, el CEPAT y el CENAT, y no figurar en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Fuente: Clarín
Nota redactada con asistencia de inteligencia artificial y editada por nuestra redacción. Cómo usamos IA.
Más en Legislación
Más leídas
7 días- 1
Sydney Sweeney cumple 29 años: de la polémica campaña desnuda a sus próximos desafíos en Hollywood
Espectáculos · 12 sep
- 2
Molinos compra una planta en Tucumán y desembarca en el negocio de las galletitas
Economía · 10 sep
- 3
Gabriela Gruszko: del mundo corporativo al arte tras una intoxicación química
Salud · 9 sep
- 4
Luciana Aymar y Fernando González: una década de amor y dos hijos en común
Espectáculos · 3 sep
- 5
El Padrino, la pizzería de Caballito que nació de una librería fundida y resiste desde 1975
Gastronomía · 11 sep






