ANSeS: quiénes pueden pedir la Prestación por Desempleo y cómo hacer el trámite
La ayuda económica está destinada a trabajadores despedidos sin causa justa y puede cobrarse junto a otras asignaciones.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) ofrece una Prestación por Desempleo para trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin causa justa. El beneficio asiste a quienes quedaron sin empleo por finalización de contrato o por causas ajenas a su voluntad, siempre que la situación esté contemplada en la Ley de Contrato de Trabajo.
La prestación está dirigida a empleados permanentes y a trabajadores eventuales o de temporada. Su finalidad es brindar una ayuda económica mientras la persona busca reinsertarse en el mercado laboral.
Para acceder, los empleados permanentes deben acreditar al menos 6 meses de trabajo con aportes dentro de los 3 años previos al despido o a la finalización del contrato. En el caso de los eventuales o de temporada, se requiere haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el año anterior a la desvinculación.
El valor a cobrar y la cantidad de cuotas, que van de 2 a 12, dependen del salario recibido y de los meses aportados en los 3 años previos a la solicitud. ANSeS gestiona la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social en una entidad bancaria para que el beneficiario reciba el dinero. Si la persona ya cobra otra prestación del organismo, se utilizará la misma cuenta.
Este beneficio es compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH), las asignaciones por nacimiento o adopción, la ayuda escolar anual y la asignación por matrimonio.
El monto de la prestación no es fijo. Se calcula según los aportes de los últimos seis meses trabajados y la antigüedad laboral, con límites establecidos por el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Por eso, no existe una cifra general: depende del historial laboral de cada persona. Cada vez que se actualiza el SMVM, se modifican los topes mínimos y máximos.
Para realizar el trámite, se deben presentar los siguientes documentos según el caso: telegrama de despido, carta documento o nota con firma certificada del empleador; en caso de quiebra, nota del síndico o sentencia judicial; si el trabajador renunció por causa justa, telegrama de intimación y de desvinculación; copia del contrato vencido si no se renovó; acta de defunción si el empleador unipersonal falleció; y certificado médico si hubo enfermedad o accidente laboral o no laboral al momento del cese.
Además, se necesita el DNI original y copia, y la constancia de desempleo también en original y copia. La gestión puede hacerse online en el sitio web de ANSeS, ingresando a “Atención Virtual” con CUIL y Clave de la Seguridad Social. También se puede realizar de forma presencial en una oficina del organismo, con turno previo.
Fuente: Clarín
Nota redactada con asistencia de inteligencia artificial y editada por nuestra redacción. Cómo usamos IA.
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