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El IRS lanza un crédito de hasta US$1700 por becas: Florida, Texas y 28 estados ya adhirieron

El Crédito Fiscal Federal para Becas empezará a regir el 1 de enero de 2027 y alcanzará los US$3400 para matrimonios que declaren en conjunto. California y Nueva York quedaron afuera.

Redacción••3 min de lectura
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El IRS lanza un crédito de hasta US$1700 por becas: Florida, Texas y 28 estados ya adhirieron

Los contribuyentes de Estados Unidos podrán acceder a un nuevo crédito fiscal federal de hasta US$1700 por aportes a organizaciones que financian becas educativas. El beneficio, conocido como Crédito Fiscal Federal para Becas (FSTC, por sus siglas en inglés), regirá para las donaciones realizadas desde el 1 de enero de 2027 y ya cuenta con la adhesión anticipada de 30 estados, entre ellos Florida y Texas.

Para los matrimonios que presenten declaración conjunta, el crédito podrá llegar a US$3400. La posibilidad de usarlo depende de que cada estado se sume formalmente al programa y entregue al Servicio de Impuestos Internos (IRS) la lista de organizaciones habilitadas para recibir los aportes.

Según los datos oficiales disponibles al 14 de septiembre, una treintena de jurisdicciones ya presentó su elección anticipada. En cambio, California y Nueva York, dos de los estados más poblados del país, todavía no figuran entre los participantes. Las que aún no se incorporaron pueden hacerlo mediante la presentación del formulario 15714, denominado Advance Election to Participate Under Section 25F.

El mecanismo funciona así: una persona que cumpla los requisitos fiscales reclama un crédito de hasta US$1700 por las donaciones que realice a una Organización Concesionaria de Becas (SGO). Estas entidades administran los recursos destinados a cubrir gastos educativos, sobre todo en los niveles primario y secundario. El programa apunta a solventar libros de texto, suministros escolares, equipos de computación y otros costos vinculados con la escolaridad.

Las contribuciones deben hacerse en dinero: se aceptan cheques, transferencias electrónicas, giros postales y deducciones de nómina en dólares. Los activos digitales quedan excluidos. El crédito es no reembolsable: reduce el impuesto adeudado, pero no genera un pago automático por la diferencia si el beneficio supera la obligación tributaria. Las becas que reciben los estudiantes o sus dependientes, en tanto, están exentas del impuesto federal sobre la renta.

El primer paso para el interesado es verificar que su estado haya adherido y presentado la nómina de organizaciones autorizadas. Si la jurisdicción no participa, sus contribuyentes no podrán reclamar el crédito por donaciones vinculadas con el programa en ese territorio. Después hay que elegir una SGO certificada por el estado y registrada en el portal del IRS: deben estar exentas de impuestos bajo la Sección 501(c)(3) y mantener los fondos de becas en una cuenta separada.

Al hacer el aporte, el donante tiene que identificarlo expresamente como una contribución calificada bajo la Sección 25F. Esa designación no se puede revocar. Si la organización entrega bienes o servicios a cambio de la donación, ese valor debe descontarse al calcular el monto elegible.

Recibida la contribución, la entidad debe entregar al donante una constancia escrita con el número de identificación fiscal (EIN), el importe designado y un número único de donante generado en el portal del IRS. La fecha límite para emitirla es el 31 de enero del año siguiente al aporte. Ese comprobante respalda el reclamo del FSTC en la declaración federal, mediante el formulario 1040.

La iniciativa se inscribe en una serie de cambios que el IRS viene aplicando sobre créditos y trámites. Entre ellos, los nuevos requisitos del crédito educativo y el aumento de la tarifa del formulario 8802.

Por qué importa

El beneficio solo aplica en los estados que se sumen formalmente, por lo que millones de contribuyentes de California y Nueva York quedarían sin acceso. Para las familias, además, las becas recibidas quedan exentas del impuesto federal sobre la renta.

Qué sigue

Los estados que todavía no adhirieron pueden hacerlo presentando el formulario 15714 ante el IRS. La puesta en marcha del crédito está prevista para las donaciones realizadas desde el 1 de enero de 2027.

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