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IRS: cuándo puede embargar bienes, vehículos y cuentas bancarias de ciudadanos y extranjeros

El Aviso Final de Intención de Embargo llega un mes antes del bloqueo de activos y deja solo 30 días para reaccionar ante el fisco estadounidense.

Redacción••2 min de lectura
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IRS: cuándo puede embargar bienes, vehículos y cuentas bancarias de ciudadanos y extranjeros

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de Estados Unidos puede embargar bienes, vehículos y cuentas bancarias de ciudadanos y extranjeros que paguen impuestos federales cuando una deuda queda sin resolver tras múltiples avisos. El paso previo es el Aviso Final de Intención de Embargo, un documento que llega por correo certificado y otorga un plazo máximo de 30 días para actuar.

Ese aviso suele arribar cerca de un mes antes de que comience el bloqueo de los activos. No es un recordatorio de pago más: funciona como la última advertencia legal que el organismo entrega antes de pasar al cobro forzoso. Si la deuda sigue impaga, el caso abandona la etapa administrativa ordinaria y pasa al Sistema de Cobro Automatizado (ACS), donde el margen de negociación se reduce de forma drástica.

Las normas tributarias estadounidenses establecen que los 30 días calendario empiezan a correr exactamente desde la fecha impresa en el encabezado de la carta. Si el deudor no responde dentro de ese periodo, pierde la protección legal predeterminada contra el cobro forzoso y el IRS inicia el proceso de embargo.

La agencia federal tiene derecho a embargar casi cualquier propiedad vinculada al impago. Puede congelar cuentas bancarias y retirar fondos directamente para cubrir la deuda, retener hasta el 15% de los pagos federales como un salario y, en algunos casos, embargar un porcentaje de los pagos del Seguro Social.

La herramienta más poderosa para paralizar legalmente un embargo inminente es la presentación del Formulario 12153 dentro del plazo de 30 días. Al pedir una Audiencia de Debido Proceso de Cobro (CDP) con ese documento, el IRS queda obligado por ley a suspender de inmediato todas las acciones de incautación mientras la Oficina Independiente de Apelaciones revisa la disputa y evalúa las alternativas presentadas. El trámite se detalla en la guía sobre el formulario que frena un embargo.

Durante la apelación, el contribuyente puede proponer un acuerdo de pago a plazos ajustado a su capacidad económica, solicitar una Oferta de Compromiso para liquidar la deuda por un monto menor al adeudado o tramitar el estado de "Actualmente No Cobrable" si demuestra que la retención de sus ingresos impide afrontar gastos básicos de vivienda, alimentación y salud.

Incluso si el plazo inicial de 30 días ya venció, el contribuyente conserva el derecho de solicitar una Audiencia Equivalente durante el transcurso de un año. Esa instancia permite negociar esquemas de reestructuración para frenar la pérdida de los activos.

La obligación alcanza a todos los ciudadanos y extranjeros que tributan impuestos federales en Estados Unidos. Quienes trabajaron con más de un empleador en el último año también pueden tener un reembolso pendiente, según se explica en la nota sobre el reembolso para trabajadores con más de un empleador.

Por qué importa

Afecta a ciudadanos y extranjeros que pagan impuestos federales en Estados Unidos: perder el plazo de 30 días habilita el embargo de cuentas, salarios y beneficios sin margen de negociación.

Qué sigue

El contribuyente que reciba el aviso debe contar los 30 días desde la fecha impresa en la carta. Si el plazo ya venció, todavía puede pedir una Audiencia Equivalente dentro del año para reestructurar la deuda.

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