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El Gobierno promulgó la ley que recorta el régimen de zonas frías

La norma, aprobada en el Senado con 38 votos a favor, mantiene el subsidio solo en la Patagonia, Malargüe y la Puna y elimina el 50% fijo de descuento.

Redacción••2 min de lectura
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El Gobierno promulgó la ley que recorta el régimen de zonas frías

El Gobierno promulgó la ley que modifica el régimen de zonas frías, aprobada en el Senado el 24 de septiembre con 38 votos afirmativos y 8 negativos. La norma reduce el alcance del subsidio al gas natural para los sectores ampliados en 2021 y establece nuevos requisitos de vulnerabilidad y un cálculo distinto para aplicar el beneficio.

El proyecto funcionó como una "readecuación" del régimen de subsidios a los consumos residenciales de gas natural y como una regularización de deudas eléctricas. El fondo pasará a financiar una bonificación sobre el precio del gas natural y del gas propano por redes, con un adicional para determinados usuarios residenciales incluidos en el Régimen de Subsidios Focalizados, según su ubicación y situación socioeconómica.

Los beneficios se mantienen para los usuarios residenciales de la Patagonia, Malargüe y la Puna, aunque se elimina de la ley el porcentaje fijo del 50% sobre los cuadros tarifarios plenos. Desde ahora, el Poder Ejecutivo definirá el alcance y las modalidades del descuento.

La senadora Flavia Royón (Primeros Los Salteños), presidenta de la Comisión de Minería, sostuvo durante el debate que la modificación incorpora medidas para lograr "mayor transparencia y orden del marco energético". "Vivir en una zona fría genera una necesidad energética mayor, por eso se sigue contemplando cuestiones bioclimáticas para alcanzar condiciones adecuadas de calefacción", afirmó.

Royón explicó que el texto ratifica la zona fría original y que, para la zona ampliada, se pasa de un criterio de región geográfica a uno que incorpora el nivel socioeconómico de la familia y un consumo razonable. En esa línea, el proyecto también aborda criterios de las tarifas de electricidad y gas, actualiza el marco normativo para energías renovables y deroga regímenes hidrocarburíferos ya reemplazados por instrumentos más modernos.

En materia eléctrica, la ley incluye un mecanismo para determinar y compensar las diferencias de ingresos que distribuidoras y transportistas dejaron de percibir por las leyes de emergencia tarifaria. Para las distribuidoras, la compensación se aplica a deudas con CAMMESA; para las transportistas, se contempla la compensación de penalidades contractuales, condicionada al desistimiento de reclamos judiciales o administrativos.

Además, la norma prorroga hasta el 31 de diciembre de 2045 la exención de tributos específicos, cánones o regalías sobre el acceso y la utilización de fuentes renovables de energía. El cambio de criterio para las zonas ampliadas había generado cuestionamientos por el alcance que el subsidio tuvo desde su expansión en 2021, cuando se extendió a regiones donde las temperaturas invernales no son tan bajas.

La promulgación cierra el trámite legislativo de una iniciativa que había obtenido media sanción en Diputados y que luego fue convertida en ley por el Senado. Con la firma del Poder Ejecutivo, el nuevo esquema queda vigente y el Gobierno deberá reglamentar los criterios de focalización para determinar qué usuarios siguen percibiendo la bonificación.

Por qué importa

La medida redefine quiénes reciben el subsidio al gas en las zonas más frías del país: los usuarios de las regiones ampliadas en 2021 deberán cumplir nuevos requisitos socioeconómicos para conservar el beneficio, mientras el Poder Ejecutivo define el alcance del descuento.

Qué sigue

El Gobierno debe reglamentar los criterios de focalización para determinar qué usuarios residenciales mantienen la bonificación y cómo se aplicará el nuevo cálculo sobre el precio del gas.

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