Las asignaciones vitalicias de los expresidentes: más de 200 millones por mes
Un análisis cuestiona las jubilaciones de privilegio que reciben los exmandatarios y sus derechohabientes, contrarias al principio de igualdad ante la ley

Las asignaciones mensuales vitalicias que reciben quienes ocuparon la Presidencia o la Vicepresidencia de la Nación representan más de 200 millones de pesos por mes y algunas superan los 20 millones de pesos de manera individual. El dato, conocido en las últimas semanas, reavivó el debate sobre un régimen que la ley 24.018 denomina formalmente "asignaciones mensuales vitalicias" y que la expresión popular reduce bajo el rótulo de "jubilaciones de privilegio".
La distinción no es menor. Una jubilación supone alguna relación entre la vida laboral, los aportes al sistema y el beneficio percibido al concluir esa etapa. En el caso de los expresidentes, en cambio, basta haber ejercido el cargo para que al cesar nazca el derecho. El monto tampoco depende de los aportes: está vinculado a la remuneración de los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Los números difundidos recientemente vuelven a poner el tema en el centro de la escena. Se contabilizan once beneficios correspondientes a exmandatarios o sus derechohabientes, con asignaciones que en algunos casos superan los 20 millones de pesos mensuales. La ley vigente prevé además que, bajo ciertas condiciones, el beneficio se proyecte sobre los derechohabientes del funcionario fallecido, con una pensión equivalente al 75% de la asignación.
El planteo de fondo no pasa por evaluar si un expresidente merece más o menos reconocimiento que otro, ni por revisar con simpatías o antipatías retrospectivas la calidad de cada gobierno. La pregunta es anterior: qué justificación conserva hoy que el Estado garantice de por vida una renta extraordinaria a una persona por el solo hecho de haber ocupado durante algunos años su más alta magistratura.
Puede comprenderse que una comunidad quiera honrar a quienes prestaron servicios eminentes. Pero el reconocimiento público no exige crear una renta vitalicia, móvil y desvinculada de los aportes efectuados al sistema previsional. Hay en este mecanismo una reminiscencia difícil de conciliar con la idea republicana de igualdad ante la ley.
El ejercicio de la Presidencia constituye el más alto honor que puede conferir la ciudadanía. Quien llega a ella recibe mientras ejerce el cargo la remuneración, los medios y las prerrogativas necesarios para cumplir su función. Convertir luego ese honor en el título para obtener una renta excepcional durante el resto de la vida se aproxima más a las prebendas que antiguamente acompañaban al rango que a un sistema moderno de seguridad social.
La comparación resulta todavía más incómoda frente a millones de jubilados cuyos haberes dependen de décadas de aportes y que conocen las dificultades financieras del sistema previsional. Para ellos importan los años trabajados, los salarios percibidos, los aportes registrados y las sucesivas fórmulas de movilidad. Para quienes ocuparon la Presidencia, en cambio, la asignación responde a una lógica enteramente diferente.
No se trata de desconocer la dignidad de la función presidencial. Precisamente porque esa dignidad es enorme, debería bastarse a sí misma. La Argentina podría revisar este régimen sin abandonar ningún deber de gratitud: establecer reglas razonables para situaciones excepcionales en las que un antiguo mandatario careciera de recursos suficientes, mantener la cobertura previsional que corresponda por los aportes efectivamente realizados y respetar los derechos adquiridos que constitucionalmente deban ser preservados.
Lo que merece discusión es la perpetuación automática de una asignación extraordinaria por el mero antecedente de haber ejercido el poder. La República nació, entre otras cosas, para reemplazar los privilegios personales por reglas generales. Quienes han tenido el honor de gobernarla no necesitan una canonjía para demostrar que alguna vez lo hicieron.
Por qué importa
El debate pone en tensión el gasto previsional del Estado con el principio republicano de igualdad ante la ley, en un contexto donde millones de jubilados dependen de aportes y fórmulas de movilidad.
Qué sigue
El tema queda instalado en la agenda pública, pero no hay un proyecto oficial ni una fecha definida para tratar una reforma del régimen de asignaciones vitalicias en el Congreso.
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