Inmigración

Green card para cubanos: la regla del Uscis para el ajuste de estatus en octubre

El Boletín de Visas de octubre de 2026 fija las fechas de acción final que rigen para los familiares de residentes permanentes de origen cubano.

Redacción••2 min de lectura
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Green card para cubanos: la regla del Uscis para el ajuste de estatus en octubre

El Departamento de Estado de Estados Unidos publicó el Boletín de Visas de octubre de 2026, que marca el inicio del año fiscal 2027, y el Uscis definió cuál de las tablas del documento deben usar los ciudadanos extranjeros para presentar el Formulario I-485. La medida alcanza a los inmigrantes cubanos que tramitan la green card por peticiones de preferencia familiar y a los familiares de residentes permanentes.

La agencia exige la aplicación de la tabla de Fechas de Acción Final, salvo en los períodos en los que autoriza de manera explícita el uso de la tabla de Fechas de Presentación. Así, los solicitantes cubanos cuya fecha de prioridad sea anterior a los límites fijados pueden completar el trámite de ajuste de estatus.

Las leyes migratorias no incluyen a Cuba dentro de la lista de países con límites de asignación geográfica especial, por lo cual sus ciudadanos pertenecen a la categoría general de todas las áreas de imputabilidad. Por eso, los inmigrantes con una petición familiar aprobada o en trámite deben comparar su fecha de prioridad con los límites generales que publicó el Departamento de Estado.

La normativa federal abarca diferentes categorías de preferencia familiar establecidas en la sección 203(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Cada una dispone de un cupo anual de visados distribuido a escala global según los porcentajes fijados por el texto estatutario federal. La norma procura regular la tramitación ordenada de los formularios conforme a la disponibilidad anual de cupos asignados por el Congreso.

Los solicitantes cubanos cuya fecha de prioridad sea anterior a los límites fijados en el boletín pueden completar el trámite de ajuste de estatus ante las autoridades de inmigración. Eso certifica la reserva inmediata de un número de visa para la entrega de la residencia legal permanente.

En cambio, los beneficiarios con fechas posteriores deben aguardar el avance de los plazos en las publicaciones oficiales de los meses subsiguientes. El organismo federal actualiza estos calendarios de forma mensual para ajustar la recepción de expedientes a la capacidad del sistema.

El trámite se enmarca en un contexto de mayores exigencias para los solicitantes de residencia permanente. Desde el 18 de septiembre rige una nueva regla de carga pública que evalúa el uso de beneficios públicos por parte de los pedidos de green card.

Para los cubanos, además, pesa el antecedente del fallo del Board of Immigration Appeals (BIA) que complicó el acceso a la green card bajo la Ley de Ajuste Cubano. Quienes ya son residentes permanentes también deben considerar los riesgos de salir de Estados Unidos y volver al país.

Por qué importa

Miles de cubanos con peticiones familiares aprobadas o en trámite dependen de estas fechas para saber si pueden avanzar con la residencia permanente. La diferencia entre una tabla y otra define quién presenta el I-485 ahora y quién queda esperando.

Qué sigue

El Departamento de Estado actualiza el Boletín de Visas cada mes: los beneficiarios con fechas posteriores a los límites de octubre deben seguir las próximas publicaciones para ver si sus plazos avanzan.

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