El Quinto Circuito elimina las audiencias de fianza para migrantes detenidos en Texas, Luisiana y Misisipi
Un fallo dividido 10 a 7 profundiza la disputa entre tribunales federales y abre la puerta a que la Corte Suprema defina un criterio único en EE.UU.

El Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito, con sede en Nueva Orleans, resolvió que los inmigrantes que ingresaron irregularmente a Estados Unidos y quedan bajo detención obligatoria del ICE no tienen derecho a una audiencia de fianza mientras avanza su proceso de deportación. La decisión, adoptada por diez jueces contra siete el 23 de octubre, rige en Texas, Luisiana y Misisipi, los tres estados bajo la jurisdicción de ese tribunal.
El fallo también revocó resoluciones de instancias inferiores que habían ordenado liberar a algunos detenidos o revisar sus casos por vía judicial. El criterio se apoya en la ley federal de inmigración y en una interpretación restrictiva de las garantías de la Quinta Enmienda de la Constitución estadounidense.
“Resuelven que las personas que no son ciudadanas, que ingresaron a EE.UU. irregularmente, que están sujetas a detención obligatoria, no tienen derecho a ninguna audiencia de fianza, independientemente del tiempo que lleven en ese país o si son o no un peligro para la comunidad”, explicó el abogado de inmigración Raed González en una entrevista.
La interpretación se sostiene en el apartado 8 U.S.C. § 1225(b)(2)(A), que regula la detención de quienes son considerados solicitantes de admisión. Para el tribunal, esa clasificación puede mantenerse aunque la persona lleve años dentro del territorio estadounidense.
En consecuencia, la residencia prolongada, la presencia de hijos ciudadanos estadounidenses, los vínculos familiares y la ausencia de antecedentes penales no alcanzan para acceder a una audiencia de fianza bajo este criterio. Tampoco se contempla una evaluación individual del riesgo de fuga o de la peligrosidad del detenido.
El abogado advirtió que la decisión agrava las diferencias entre los tribunales federales de apelación. Mientras el Quinto Circuito rechazó ese derecho para el grupo alcanzado por su interpretación, otras jurisdicciones admiten criterios distintos sobre el acceso a la libertad bajo fianza. Esa falta de uniformidad implica que la posibilidad de obtener una audiencia puede variar según el lugar donde la persona sea detenida.
La Corte Suprema de EE.UU. podría intervenir para resolver la discrepancia y fijar un criterio aplicable en todo el país. Sin una resolución nacional, la discusión sobre cómo interpretar la legislación migratoria y qué garantías corresponden a los arrestados durante un proceso de deportación seguirá abierta.
En Texas, quienes ingresaron sin inspección migratoria y quedan comprendidos en el fallo deberán permanecer bajo custodia mientras avanza su procedimiento, sin una audiencia individual de fianza. La medida puede alcanzar también a personas que llevan décadas en el país y tienen familiares ciudadanos estadounidenses.
El impacto del fallo se suma a un contexto de endurecimiento del control migratorio, con herramientas de vigilancia cruzada como el cruce de datos entre el ICE y la TSA en aeropuertos, y con miles de niños migrantes que enfrentan juicios de deportación sin abogado en Texas.
Por qué importa
El fallo deja a miles de detenidos sin posibilidad de pedir la libertad bajo fianza mientras se tramita su deportación, incluso si llevan años en el país o tienen familiares ciudadanos. Además, instala un mapa desigual: el acceso a una audiencia dependerá del estado donde la persona sea arrestada.
Qué sigue
La disputa entre circuitos federales abre la chance de que la Corte Suprema de EE.UU. tome el caso y fije un criterio único para todo el país. Hasta entonces, los detenidos en Texas, Luisiana y Misisipi seguirán bajo custodia sin audiencia de fianza.
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